Por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971 (Departamento Administrativo de la Presidencia de la República), por $ 3.730.000

Rango Decreto
Publicación 1971-12-06
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el artículo 12 de la Ley 4a de 1970 faculta al Gobierno Nacional para distribuir las partidas liquidadas en el Presupuesto de Gastos, que necesiten ser divididos teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto

de cada apropiación; Que tales distribuciones deben ser originarias del Ministerio de Hacienda, y Crédito Público, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto, para lo cual solo se requiere la firma del Ministro de Hacienda y Crédito Público;

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República ha solicitado la aplicación de la precitada norma para el reparto parcial de la suma de $ 3.730.000, asignada por medio del Decreto número 1789 de 1971, en el Capítulo 011, programa 015, artículo 0170-B del Presupuesto de funcionamiento de la actual vigencia;

Que por Decreto número 2263 de 1966, se fijó la política de integración popular para estimular y mejorar las actividades que cumplen las Asociaciones Comunales en el país lo cual es necesario impulsar con la participación económica del Estado;

Que la Dirección General del Presupuesto encuentra conveniente y ajustada a las disposiciones legales vigentes, la petición propuesta,

decreta:

Artículo 1° Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1971;
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
CAPITULO 011.-DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
DE LA PRESIDENCIA
Programa 015. -Presidencia de la República.
Transferencias (Bonos Ley 21 de 1963).
205. 111. 430. Artículo 0170-B. Para programas de Integración Popular $5.000.000
Que se distribuyen parcialmente, así;
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Bogotá, D. E. A la Unidad Nacional de la Clase
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Media Colombiana para dotación y funcionamiento $ 20.000
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Departamento de Bolívar.
Cartagena: Al Pondo de Desarrollo Comunal del Departamento de Bolívar para
auxiliar a los damnificados por el invierno, de acuerdo a los programas que
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adelanta la Gobernación 300.000
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Cartagena: A la Contaduría de la Base Naval ARC Bolívar con destino a la
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perforación de pozos profundos, construcción, terminación del acueducto y
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alcantarillado de las islas del Rosario 100.000
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Turbaco: Junta Acción Comunal Central para la construcción, pavimentación y
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terminación, de la avenida principal 50.000
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Departamento de Boyacá.
Sutamarchán: Junta de Acción Comunal Central, con destino a la construcción de pozos sépticos 45.000
Departamento de Caldas.
Manizales: Junta de Acción Comunal del Barrio "El Chipre", para funcionamiento
y dotación del colegio 10.000
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Manizales: Junta de Acción Comunal Barrio Versalles, para obras varias 10.000
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Aguadas: Junta Central de Acción Comunal, para el campo de deportes 5.000
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Aguadas: Junta de Acción Comunal de Encimadas, para obras varias 5.000
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Belalcázar: Junta Central de Acción Comunal, para obras varias 5.000
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Belalcázar: Junta de Acción Comunal del Madroño, para obras varias 5.000
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Belalcázar: Junta de Acción Comunal, San Isidro 5.000
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Chinchiná: Junta de Acción Comunal, para obras varias 5.000
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Aguadas: Junta Central de Acción Comunal, para construcción escuela 5.000
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Filadelfia: Junta Central de Acción Comunal, para obras varias 10.000
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Pacora: Junta de Acción Comunal de Las Coles, para electrificación 10.000
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Florencia: Junta Central Acción Comunal, para la construcción de la concentración
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escolar 10.000
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Palestina: Junta Central de Acción Comunal, para construcción del Palacio
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Municipal $ 10.000
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Riusucio: Junta de Acción Comunal de Piedras, para la escuela rural. 10.000
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Riosucio: Junta de Acción Comunal de San José para la reparación de la escuela
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rural 5.000
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Riosucio: Junta de Acción Comunal de Veneros, para reparación y construcción de
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servicios sanitarios 20.000
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San Lorenzo: Junta Central de Acción Comunal, para la construcción del colegio
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oficial mixto. 10.000
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Samaná: Junta Central de Acción Comunal, par a construcción Palacio Municipal 10.000
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Samaná: Junta Central de Acción Comunal y Puesto de Salud 10.000
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Victoria: Junta de Acción Comunal Central, con destino a la construcción de obras escolares del Colegio San Pablo 20.000
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Viterbo: Junta de Acción Comunal El Socorro, para electrificación 10.000
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Viterbo: Junta de Acción Comunal La María, para obras varias 10.000
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Departamento del Cauca.
Bolívar: Junta Acción Comunal Central, con destino a la construcción de la villa
olímpica, 200.000
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Caloto: Junta de Acción Comunal Central, con destino al Colegio Escipión
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Jaramillo, para funcionamiento 80.000
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Departamento de Córdoba.
Montería: Junta Acción Comunal Barrio El Prado, para construcción y
terminación del acueducto 50.000
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Montería: Junta Acción Comunal Barrio Granada, para la construcción y dotación
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de la escuela 50.000
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Departamento del Huila.

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