Por el cual se crean unos cargos supernumerarios para el ordenado y eficaz servicio de la Aduana de Buenaventura en la aduana de buenaventura, y se hacen los nombramientos correspondientes
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de la que le confiere el artículo 45 de la Ley 79 de 1931, y
CONSIDERANDO
Que en la actualidad, con motivo del aumento en, la importación y exportación de mercancías por el puerto de Buenaventura, se confronta la necesidad de aumentar, el personal de aforo y liquidación de la Aduana para atender convenientemente al servicio de dicha dependencia;
Que el artículo 45 de la Ley 79 de 1931, Código de Aduanas, autoriza la creación de los empleos que se necesitaren, cuando así lo exija el movimiento aduanero y la apertura de las apropiaciones correspondientes,
DECRETA:
Artículo 1° Créanse en la. Aduana de Buenaventura, mientras las necesidades de su movimiento lo exijan, los siguientes cargos supernumerarios en la Sección de Aforo y Liquidación:
| Dos Aforadores, cada uno con | $190.00 |
|---|---|
| Un Liquidador, con | $140.00 |
| Artículo 2° Para llenar los cargos creados en el artículo anterior, nómbrase como Aforadores supernumerarios a los señores Luis Eduardo Vila, a quien se promueve del cargo de Recaudador de Hacienda Nacional de Buenaventura, y Primitivo Orejuela, a quien se promueve del cargo de Cajero Ayudante de la misma Aduana, y como Liquidador supernumerario al señor Luis Posada G., a quien se promueve del cargo de Liquidador de la Sección 4° de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca. Comuníquese y publíquese. | Artículo 2° Para llenar los cargos creados en el artículo anterior, nómbrase como Aforadores supernumerarios a los señores Luis Eduardo Vila, a quien se promueve del cargo de Recaudador de Hacienda Nacional de Buenaventura, y Primitivo Orejuela, a quien se promueve del cargo de Cajero Ayudante de la misma Aduana, y como Liquidador supernumerario al señor Luis Posada G., a quien se promueve del cargo de Liquidador de la Sección 4° de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca. Comuníquese y publíquese. |
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Dado en Bogotá a 16 de septiembre de 1942.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso ARAUJO
Digitó: CC1.023.922.646
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