DECRETO 2186 DE 1931
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Articulo único. Concédase una rebaja del cincuneta por ciento (50 por 100) sobre la tarifa vigente de derechos de importación a los articulos que el Club Noel de Cali introduzca por la Aduana de Buenaventura para auxiliar los niños pobres en la próxima fiesta de Navidad.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de diciembre de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Esteban JARAMILLO
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