Por el cual se dan unas autorizaciones a la Junta Directiva de la Empresa Colombiana de Petróleos

Rango Decreto
Publicación 1963-10-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Autorízase a la Junta Directiva de la Empresa Colombiana de Petróleos, para conferir comisiones en el Exterior, a funcionarios á su servicio, así como para fijar en cada caso, por medio de Acuerdo, una suma por concepto de viáticos que no podrá exceder de US$ 80.00 por día, con cargo al presupuesto de la misma Empresa.
Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá, D. E., a 20 de septiembre de 1963.

GUILLERMO LEON VALENCIA.

Enrique Pardo Parra, Ministro de Minas y Petróleos.

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