Por el cual se hace un traslado en el presupuesto de gastos vigente

Rango Decreto
Publicación 1931-01-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

Que en sesión de 23 de los corrientes el honorable Consejo de Ministros emitió dictamen favorable acerca del traslado propuesto por el señor Ministro de Correos y Telégrafos, con el fin de poder atender a los gastos de que trata el artículo 692 del Presupuesto vigente,

DECRETA:

Artículo 1° Trasládase la suma de cuarenta y dos mil ciento cincuenta y un pesos setenta y cinco centavos ($ 42,151-75) de los siguientes artículos del capítulo 55:

Del artículo 675 $ 20,000
Del artículo 678 3,600
Del articulo 679 1,600
Del artículo 681 3,000
Del artículo 685 1,500
Del articulo 694 8,951 75
Del artículo 696 1,000
Del artículo 697 1,500
Del artículo 698 1,000
Suma $ 42.151 75

Al artículo 692, del mismo capítulo, $ 42,151-75.

Artículo 2° Dése cuenta del anterior traslado al señor Contralor General de la República.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de diciembre de 1930.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Tulio Enrique TASCON

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