Por el cual se aumenta el personal militar de la Policía Nacional

Rango Decreto
Publicación 1939-02-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de la facultad que le confiere el artículo de la Ley 98, de 8 de noviembre de 1937,

DECRETA:

Artículo 1º Desde el 1° de febrero próximo, auméntase el personal militar de la Policía Nacional con las siguientes unidades:

2 Tenientes.

6 Subtenientes.

2 Alféreces:

6 Sargentos.

6 Cabos.

300 Agentes.

Artículo 2º Los gastos que demande este aumento, se imputarán al presupuesto vigente de la Policía Nacional.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de enero de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Gobierno,

Carlos LOZANO Y LOZANO

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