Por el cual se modifica la naturaleza de unos empleados del Instituto de Seguros Sociales

Rango Decreto
Publicación 1980-02-27
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 5° Decreto-ley 1051 de 1977 y oído el concepto del Consejo Superior del Servicio Civil,

decreta:

Artículo 1° Los empleos del Instituto de Seguros Sociales desempeñados por funcionarios de la seguridad social, que a continuación se relacionan, tendrán el carácter de discrecionales:
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 31 de enero de 1900.

JULIO CESAR TURBAY AYALA.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,

Rodrigo Marín Bernal.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

Laura Ochoa Ardila.

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