Por el cual se adscriben a los ingenieros adjuntos del Consejo Nacional de Vías de Comunicación las funciones de secretarios técnicos del Ministerio de Obras Públicas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que la Ley 3ª del presente año faculta al Poder Ejecutivo para reorganizar el servicio público;
Que el Decreto número 711 de 6 de mayo de1930 creó los cargos de-Ingenieros Adjuntos del Consejo Nacional de Vías de Comunicación, con el fin de que sirvan, entre otras cosas, de órgano de comunicación entre el Ministro de Obras Públicas y sus dependencias, en materias técnicas;
Que la diversidad de los asuntos de que conoce el Ministerio de Obras Públicas exige una mejor coordinación, un control más eficaz y un estudio preparatorio más completo de dichos asuntos, y
Que para el mejor desempeño de su cargo, es conveniente adscribir a los Ingenieros Adjuntos del Consejo Nacional de Vías de Comunicación las funciones de Secretarios Técnicos del Ministerio de Obras Públicas,
DECRETA:
Artículo único. Adscribense a los Ingenieros Adjuntos del Consejo Nacional de Vías de Comunicación, las funciones de Secretarios Técnicos del Ministerio de Obras Públicas, los cuales tendrán especialmente las siguientes atribuciones:
- a) Supervigilar, con el Secretario General, el trabajo de las Secciones del Ministerio.
- b) Revisar, estudiar y dar su concepto sobre los asuntos importantes que deben pasara la firma del Ministro del ramo.
- c) Intervenir en la coordinación del .trabajo de las Secciones del Ministerio de manera que se obtenga un conjunto armónico.
- d) Controlar y vigilar con el Secretario General el cumplimiento de las leyes, decretos, reglamentos y órdenes del Ministerio por todas las dependencias del mismo.
- e) Desempeñar las comisiones y estudios especiales que les confíe el Ministro de Obras Públicas; y
- f) Despachar con su firma y bajo su responsabilidad aquellos asuntos para los cuales el Ministro de Obras Públicas les confiera la respectiva autorización.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de diciembre de 1930.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Obras Públicas,
Germán URIBE H.
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