por el cual se modifica la planta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º. Adiciónese los siguientes cargos a la planta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio.
PLANTA GLOBALIZADA
| Nº Cargos | Denominación del empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| 1 (Uno) | Asesor | 1020 | 09 |
| 4 (Cuatro) | Profesional Especializado | 3010 | 16 |
| 18 (Dieciocho) | Profesional Universitario | 3020 | 12 |
| 9 (Nueve) | Técnico Administrativo | 4065 | 11 |
| 2 (Dos) | Auxiliar Administrativo | 5120 | 11 |
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir del lo. de enero de 1997.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá D.C., a diciembre 3 de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro del Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.
El Ministro de Desarrollo Económico,
Orlando José Cabrales Martínez.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.