por el cual se abre uno crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1970 (Ministerio de Educación Nacional), por $1.000.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 2° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, facultó al Gobierno Nacional para reajustar los estimativos de las rentas e ingresos y de; los recursos del crédito e incorporarlos al Presupuesto, por medio de decreto, y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente, abrir un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal, en curso en el Ministerio de Educación Nacional, por la cantidad de $ 1.000.00.00, para pagar el aporte de la Nación al Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, en cumplimiento de la Ley 25 de 1965;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 19 de 1970, por $ 320.000.000.00, con base en el reajuste de los estimativos del Impuesto sobre la renta y complementarios, de los cuales se utilizan $ 1.000.000.00, para financiar el crédito presupuestal de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta, clase de negocios,
DECRETA
Articulo 1°. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1970, con la cantidad de un millón de pesos ($ 1.000.000.00) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 19 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
Presupuesto de Rentas e Ingresos
CAPITULO I
| Numeral ° Impuesto sobre la renta y complementarios | $ 37.084.621 |
|---|---|
| Suma el recurso | $ 37.084.621 |
Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el Artículo anterior, ábranse los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970:
Presupuesto de Funcionamiento
Ministerio de Defensa Nacional
CAPITULO 175
Administración y Dirección del Ministerio
Programa 185
Gabinete del Ministro
Servicios personales
| 102 151 127. Artículo 1754. Auxilio de transporte | $ 200.000 |
|---|---|
Transferencias
| 202 332 402. Artículo 1766. Pago servicios médicos asistenciales para oficiales, sub-oficiales, asignaciones retiro, pensionados y familiares. | 3.000.000 |
|---|---|
CAPITULO 177
Ejército Nacional
Programa 190
Operación Administrativa del Ejército
Gastos generales
| 105 152 201. Artículo 1790. Mantenimiento y aseguros | 1.000.000 |
|---|---|
| 105 152. 203. Artículo 1791. Compra de equipo. | 10.000.000 |
| 106 152 205. Artículo 1792. Viáticos y gastos de viaje | 1.500.000 |
| 106 152 209. Artículo 1794. Servicios públicos | 1.500.000 |
Programa 193
Sanidad del Ejército
Gastos generales
| 106 352 211. Artículo 1890. Materiales y suministros | 2.792.126 |
|---|---|
Programa .194
Educación Física y Deportes.
Gastos generales
| 106 318 211. Artículo 1810. Materiales y suministros | 60.000 |
|---|---|
CAPITULO 178
Armada Nacional
Programa 198
Sanidad Naval
Gastos generales
| 106 352 211. Artículo 1832. Materiales y suministros | 800.000 |
|---|---|
CAPITULO 179
Fuerza Aérea Colombiana
Programa 200
Operación Administrativa de la
Fuerza Aérea Colombiana
Gastos generales
| 106 154 205. Artículo 1841. Viáticos y gastos de viaje | 500.000 |
|---|---|
Programa 202
Equipo y Material de Guerra
Gastos generales
| 105 154 201. Artículo 1851. Mantenimiento y aseguros | 3.442.411 |
|---|---|
| 105 154 Artículo1852-A.Pag impuesto de valorización | 2.991.000 |
Programa 203
Sanidad Aérea
Gastos generales
| 106 352 211. Artículo 1855. Materiales y suministros | 700.000 |
|---|---|
Programa 205
Pago de vigencias expiradas
Servicios personales
| Artículo 1857. Pago de deudas de vigencias expiradas por concepto de auxilio de transporte que se atiende a través del programa del Gabinete del Ministro, mediante resoluciones de reconocimiento que requieren de la aprobación de la Dirección General del Presupuesto | 878.548 |
|---|---|
| Artículo 1858. Para el pago de gastos de vigencias expiradas del Ejército Nacional, por concepto de servicios personales y gastos generales, mediante resoluciones de reconocimiento que requerirán la aprobación de la Dirección General del Presupuesto | 4.508.536 |
Presupuesto de Inversión
Ministerio de Defensa Nacional
CAPITULO 580
Ministerio de Defensa Nacional
Programa 580
Construcción y reparación de Hospitales,
Cuarteles y otras instalaciones
| 564 152 Artículo 5800. Ejército Nacional | 1.000.000 |
|---|---|
| Proyecto 3. Batallón Valledupar $ 1.000.000 |
Programa 581
Adquisición de Equipo Militar
Armada Nacional
| 568 153. Artículo 5804. Reparaciones, renovación y compra de equipo | 2.200.000 |
|---|---|
| Suman los créditos | $ 37.084.621 |
Artículo 3°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 16 de noviembre de 1970.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro, de Hacienda y Crédito Público, Alfonso Patiño Roselli.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.