Por el cual se abre un crédito al Presupuesto extraordinario vigente

Rango Decreto
Publicación 1940-12-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 10 de la Ley 55 de 1939 faculta al Gobierno para abrir créditos adicionales al Presupuesto extraordinario, destinados a aumentar las apropiaciones para atender al pago de gastos incluidos en las Partes IV y VI de la Ley de Apropiaciones vigente, cuando dichas apropiaciones resulten insuficientes por aumento de las rentas, respaldando dichos créditos en ese mismo aumento;

Que la Contraloría General de la República, en nota número 19607, de 27 de noviembre último, dirigida al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, certifica un aumento en el producto del Laboratorio Samner & Martínez, en el presente año, de $ 26.104.95 sobre el estimativo presupuestado, y conceptúa favorablemente con respecto a la apertura de un crédito al Presupuesto extraordinario por el aumento establecido; y

Que el Consejo de Ministros, en su sesión del 5 de los corrientes autoriza la apertura del crédito correspondiente, según consta de la nota número 5546, procedente de la Secretaria de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase el Presupuesto de ingresos extraordinarios de la vigencia fiscal en curso, así:

PARTE III

Presupuesto de rentas con destinación especial.

Numeral 53. Producto del Laboratorio Samper & Martínez. $ 26.104.95
Artículo 2° Con base en el ingreso de qué trata el artículo anterior, ábrase el siguiente crédito a la Ley de Apropiaciones vigente, Presupuesto extraordinario, así:

PARTE IV

Presupuesto de gastos correspondientes a las rentas con destinación especial.

MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL

CAPITULO 98

Laboratorio Nacional de Higiene.

Artículo 1599. Para jornales, material y materias primas del Laboratorio Nacional de Higiene Samper & Martínez $ 26.104.95
Articulo 3° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de diciembre de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

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