por el cual se modifica el Decreto 813 de 1992

Rango Decreto
Publicación 1993-11-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 4
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1° Suprímese de la Planta de Personal del Ministerio de Gobierno, establecida en el artículo 1° del Decreto 813 de 1992 los siguientes empleos:

Número de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado
1. Despacho del Ministro. 1. Despacho del Ministro. 1. Despacho del Ministro. 1. Despacho del Ministro.
1 Asesor 1020 06
1 Ayudante 6025 05

Artículo 2° Suprímese de la Planta Globalizada del Ministerio de Gobierno, establecida en el artículo 2° del Decreto 813 de 1992, los siguientes empleos:

3. Secretaría General. 3. Secretaría General. 3. Secretaría General. 3. Secretaría General.
3 Celador 6020 07
1 Celador 6020 06

Artículo 3° Créase en la Planta de Personal del Ministerio de Gobierno el siguiente cargo:

Número de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado
1. Despacho del Ministro. 1. Despacho del Ministro. 1. Despacho del Ministro. 1. Despacho del Ministro.
1 Asesor 1020 13

Artículo 4°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 813 de 1992.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 2 de noviembre de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Gobierno, Fabio Villegas Ramírez; El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez; El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Carlos Humberto Isaza Rodríguez.

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