por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto número 2013 de 1969 (noviembre 28)

Rango Decreto
Publicación 1970-01-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de la que le confiere la Ley 35 de 1968, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 2013 de 1969, se destinó la suma de cien mil pesos ($100.000.00) para preservar las instalaciones del acueducto de Monte Líbano, Departamento de Córdoba;

Que la erosión de las tierras por donde pasan las referidas instalaciones ha hecho imposible la preservación de éstas, haciéndose necesario acometer trabajos para tenderlas por rutas diferentes,

DECRETA:

Artículo 1º Modificase el artículo 1º del Decreto 2013 1969, en el sentido de destinar la suma de cien mil pesos ($100.000.00) a que alude dicho Decreto, para preservar las instalaciones del Acueducto de Monte Líbano, a los nuevos trabajos que se adelantan por la empresa de Acueductos y Alcantarillados de Córdoba S.A., Acuacórdoba, para la construcción del nuevo acueducto del mencionado Municipio.
Artículo 2º Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá. D.E., a 22 de diciembre de 1969.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Gobierno, Carlos Augusto Noriega. El Ministro de Hacienda y Crédito Público. Abdón Espinosa Valderrama.

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