Por el cual se aclara el marcado con el número 707 de 1927
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Las facultades señaladas a la Policía por el Decreto número 707 de 1927, para garantizar el orden público y la seguridad social, en ningún caso se extienden a los asuntos de prensa, los cuales se rigen por la legislación especial que regula esta materia.
Parágrafo. Queda en estos términos aclarado el alcance del Decreto Ejecutivo número 707, de que se ha hecho mérito.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de enero de 1928.
MIGUEL ABADÍA MÉNDEZ El Ministro de Gobierno, Jorge VÉLEZ.
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