Por el cual se declara restablecido el orden público y se levanta el estado de sitio

Rango Decreto
Publicación 1970-12-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la constitución nacional, y

CONSIDERANDO:

Que a juicio del gobierno ha terminado la conmoción interior que dio lugar a la declaratoria vigente de turbación del orden público y de estado de sitio,

DECRETA:

Artículo 1°. Declarase restablecido el orden público y levantase el estado de sitio dispuesto por decreto 1128 de 1970.

A partir de la fecha, dejaran de regir los decretos 1129, 1130, 1131, 1132, 1133 y 1134 de 1970.

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, d. e., a 13 de noviembre de 1970.

MISALES PASTRANA BORRERO

El Ministro de Gobierno, Joaquín Vallejo Arbeláez, el Ministro de Relaciones Exteriores, Alfredo Vázquez Carrizosa. El Ministro de Justicia, Miguel Escobar Méndez. El Ministro de Hacienda y Crédito Público,Alfonso Patiño Rosselli. El Ministro de Defensa Nacional, general Hernando Currea Cubides. El Ministro de Agricultura, J. Emilio Valderrama. El Ministro de Trabajo y Seguridad social, Jorge Mario Eastman. El Ministro de Salud Pública, José Ignacio DíazGranados. El Ministro de Desarrollo Económico, encargado, Jaime Mejía Arango. El Ministro de Minas y Petróleo, Juan B. FernándezRenowitzky. El Ministro de Educación Nacional, Luis Carlos Galán. El Ministro de Comunicaciones, Humberto González Narváez. El Ministro de Obras Públicas, Argelino Duran Quintero.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.