por el cual se establece la planta mínima global de personal de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que les confiere el artículo 9º del Decreto Reglamentario 1950 de 1973, y la Ley 142 de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 70 de la Ley 142 de 1994 estableció la estructura orgánica de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico;
Que es necesario establecer la planta mínima global de personal que requiere la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, para el cabal cumplimiento de las funciones que le fueron delegadas,
DECRETA:
Artículo 1º. Planta mínima global de personal. La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico tendrá la siguiente planta mínima global de personal:
| Nº DE CARGOS | DENOMINACION DEL EMPLEO | CODIGO | GRADO |
|---|---|---|---|
| Tres (3) | Experto de Comisión Reguladora | 90 | - |
| Seis (6) | Asesor | 1020 | 15 |
| Tres (3) | Secretario Ejecutivo | 5040 | 23 |
| Un (1) | Auxiliar Administrativo | 5120 | 11 |
| Tres (3) | Conductor Mecánico | 5310 | 11 |
Parágrafo. Quienes desempeñen el empleo de Experto de la Comisión Código 0090, para efectos de la remuneración y primas se regirán por lo dispuesto en los Decretos 1171 de 1993 y 138 de 1994, conforme a loestablecido en el inciso 2º del artículo 177 de la Ley 142 de 1994.
Artículo 2º. Derogatoria. El presente Decreto deroga los Decretos 1207 de 1993 y 0359 del 11 de febrero de 1994.
Artículo 3º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 29 de septiembre de 1994.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.
El Ministro de Desarrollo Económico,
Rodrigo Marín Bernal.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Eduardo González Montoya.
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