Por el cual se hacen dos traslados dentro del capítulo 68 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso

Rango Decreto
Publicación 1927-01-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el honorable Consejo de Ministros en sesión del día 21 de los corrientes, accedió a la solicitud del Ministerio de Obras Públicas sobre traslado de unas partidas dentro del capítulo 68 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso.

decreta:

Artículo 1°. Trasládense las sumas de $ 50.000 al artículo 749, camino del Líbano a Manizales, y de $1.000 al artículo 645, camino de Calón (Sonsón al Magdalena), tomándolas del artículo 775 bis, capítulo 68, del presupuesto en curso.

Artículo 2°. Por el Ministerio de obras Públicas se dará oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el parágrafo del artículo 17 de la Ley 34 de 1923.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 30 de diciembre de1926.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Obras Públicas, MarianoOSPINA PEREZ.

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