Por el cual se hace un nombramiento en el ramo de Caminos Nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Encárgase al señor Francisco Lezama, Tesorero General del Departamento del Tolima, del manejo de los fondos apropiados para la carretera nacional de Ibagué a La Dorada, quien otorgará la fianza legal necesaria, por la cuantía que fije el Contralor General de la República.
Parágrafo. El funcionario citado tendrá derecho a la suma de $ 30 mensuales, como honorarios por este servicio.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de noviembre de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Sotero PEÑUELA
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