Por el cual se destinan unas partidas

Rango Decreto
Publicación 1943-11-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. Con imputación al capítulo 38, artículo 383, del Presupuesto vigente, destíñanse las siguientes partidas para atender a los gastos que demanden los cursos de divulgación científica que en materia de sanidad y enfermería ha organizado el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, en las ciudades de Cali, Bucaramanga e Ibagué:
Para el Curso de Inspectores en Cali $ 300.00
Para el Curso de Enfermeras en Cali 200.00
Para el Curso de Enfermeras en Bucaramanga 290.00
Para el Curso de Inspectores en Ibagué 300.00
Para el Curso de Enfermeras en Ibagué 200.00

Parágrafo. Las sumas anteriores serán pagadas mediante distribución que hará el Ministerio de Trabado, Higiene y Previsión Social, por medio de resoluciones.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 9 de noviembre de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de trabajo higiene y previsión social

Jorge Eliecer GAITAN

Digitó: CC1.022.970.487

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