Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1970 (Ministerio de Desarrollo Económico), por $ 900.000.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del numeral 1° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y para abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que el Decreto-ley 3118 de 1968 autorizó al Gobierno para entregar al Fondo Nacional de Ahorro, $ 900.000.000.00, en títulos de deuda pública interna, destinados a pagar las cesantías causadas y no liquidadas en 31 de diciembre de 1968, para lo cual es necesario incorporar al Presupuesto el valor del Certificado Provisional de Bono de Ahorro Nacional, emitido de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 369 de 1969;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 26 de 1970, por $ 900.000.000.00, para amparar la apertura del crédito presupuestal de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA
Artículo 1°. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1970, con la cantidad de novecientos millones de pesos ($ 900.000.000.00) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 26 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporará con imputación al siguiente numeral:
Presupuesto de Renta e Ingresos
CAPITULO XVI
Recursos del crédito,
- a) Recursos del crédito interno
| Numerol 182. Producto de la emisión del Certificado Provisional de "Bono de Ahorro Nacional" (Decreto-ley 3118 de 1968) | $900.000.000 |
|---|---|
| Suma el recurso | $900.000.000 |
Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el Artículo anterior, ábranse los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970:
Presupuesto de Funcionamiento
Ministerio de Desarrollo Económico
CAPITULO 255
Ministerio de Desarrollo Económico
Programa 271
Administración Superior
Transferencias
(Bonos de Ahorro Nacional)
| 201 332 414. Artículo 2571-A. Para entregar al Fondo Nacional de Ahorro el Certificado Provisional de "Bono de Ahorro Nacional", emitido ele conformidad con los Decretos números 3118 de 1968. y 389 de 1969 | $900.000.000 |
|---|---|
| Suma el crédito | $900.000.000 |
| Suman los créditos | $ 10.500.000 |
Artículo 3°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 16 de noviembre de 1970.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro, de Hacienda y Crédito Público, Alfonso Patiño Roselli.
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