Por el cual se concede una autorización al Municipio de Bogotá

Rango Decreto
Publicación 1953-09-05
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El presidente de la Republica de Colombia

En uso de sus facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la Nación;

Que por Decreto 352 de 9 de noviembre de 1949 se suspendieron las sesiones de los Concejos Municipales;

Que el sector comprendido entre las calles 13 y 17 y las carreras 49 y 50, manzanas 13-49, 14-49-A y 15-49-A, será adquirido por la Nación para construir el Club Militar y ampliar las instalaciones del Centro de Ingenieros Militares;

Que en dicho sector se encuentran terrenos de propiedad del Municipio y la vía y que se conoce como carrera 49-A, que son necesarios para la Zona Militar y que se ha hecho referencia,

DECRETA:

Artículo primero. Autorizase al Municipio de Bogotá para destinar los terrenos de su propiedad, situados entre las calles 13 y 17 y las carreras 49 y 50, incluyendo la carrera 49-A, para que la Nación amplié las instalaciones del Centro de Ingenieros Militares y construya el Club Militar.
Artículo segundo. La Alcaldía Municipal de Bogotá fijara las precisas condiciones de la destinación de los terrenos a que se ha hecho referencia, y autorizara al señor Personero Municipal para otorgar la correspondiente escritura pública a favor de la Nación.
Artículo tercero. Suspéndese las disposiciones contrarias al presente Decreto, el cual rige desde su fecha.

Dado en Bogotá a 28 de agosto de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA.

El Ministro de Gobierno,

LUCI PABON NU\EZ.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

EVARISTO SOURDIS.

El Ministro de Justicia,

ANTONIO ESCOBAR CAMARGO.

El Ministro de Hacienda Y Crédito Público,

CARLOS VILLAVECES.

El Ministro de Guerra,

BRIGADIER GENERAL GUSTAVO BERRIO M.

El Ministro de Agricultura Y Ganadería,

BRIGADIER GENERAL ARTURO CHARY.

El ministro del Trabajo,

AURELIO CAICEDO AYERBE.

El Ministro de Salud Pública,

BERNARDO HENAO MEJIA.

El Ministro de Fomento,

ALFREDO RIVERA VALDERRAMA.

El Ministro de Minas Y Petróleos,

PEDRO NEL RUEDA URIBE.

El Ministro de Educación Nacional,

MANUEL MOSQUERA GARCES.

El Ministro de Comunicaciones,

CORONEL MANUEL AGUDELO.

El Ministro de Obras públicas,

SANTIAGO TRUJILLO GOMEZ.

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