Por el cual se autoriza una tarifa especial de turismo

Rango Decreto
Publicación 1939-11-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta el concepto favorable de la Comision Legal de Tarifas,

DECRETA :

Artículo único. Autorízase a las Empresas de Navegación del Bajo Magdalena para establecer una tarifa de turismo, rebajada hasta en un 50% de lo que establece el Decreto número 1953 de 1938, para pasajes y camarotes, con motivo del fomento de turismo, durante los meses de vacaciones de diciembre, del presente año a febrero del próximo. Este descuento se hará solamente en pasajes de ida y regreso.

Las Empresas harán conocer del público, con la debida anticipación, los descuentos que hagan en los pasajes en virtud de la autorización concedida en este artículo. Además, fijarán avisos en la Intendencia y en las oficinas fluviales del río.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de noviembre de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Obras Públicas,

Abel CRUZ SANTOS

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