por el cual se modifica la planta de personal administrativa del Colegio Integrado Nacional Oriente de Caldas
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º. Suprímense en la planta de personal administrativa del Colegio Integrado Nacional Oriente de Caldas, los siguientes empleos:
| No. Cargos | Dependencia y denominación del empleo | Código | Código | Grado |
|---|---|---|---|---|
| DESPACHO DE LA RECTORIA | DESPACHO DE LA RECTORIA | DESPACHO DE LA RECTORIA | DESPACHO DE LA RECTORIA | DESPACHO DE LA RECTORIA |
| 1 (Uno) | Rector de Institución Técnica Profesional | 2155 | 7 | 7 |
| 1 (Uno) | Secretario | 5140 | 11 | 11 |
Artículo 2º. Créanse en la planta de personal del Colegio Integrado de Nacional Oriente de Caldas, los siguientes empleos:
| No. Cargos | Dependencia y denominación del empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| DESPACHO DE LA RECTORIA | DESPACHO DE LA RECTORIA | DESPACHO DE LA RECTORIA | DESPACHO DE LA RECTORIA |
| 1 (Uno) | Rector de Institución Técnica Profesional | 2155 | 10 |
| 1 (Uno) | Secretario Ejecutivo | 5140 | 15 |
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 242 de 1994 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 11 de noviembre de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo Salazar.
El Ministro de Educación Nacional,
Germán Alberto Bula Escobar.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.
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