por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1948-07-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Ministerio de Obras Públicas) .

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 1° de julio del año en curso autorizo al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva,

DECRETA :

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

CAPITULO 123.

Del artículo 2259. Para conservación, sostenimiento, mejoras y otros gastos de los monumentos Del artículo 2259. Para conservación, sostenimiento, mejoras y otros gastos de los monumentos
históricos de Cartagena $ 5.000.00
CAPITULO 123. CAPITULO 123.
Al artículo 2259-A. Para atender a los gastos que demande el cumplimiento de la Ley 34 de 1907 y del Decreto 1287 de 1948, con ocasión del cincuentenario del fallecimiento del ingeniero cubano señor don Francisco Javier Cisneros $ 5.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 2 de julio de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José María BERNAL

El Ministro de Obras Públicas,

Luis Ignacio ANDRADE

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