Por el cual se autoriza una importación a la Empresa Colombiana de Petróleos

Rango Decreto
Publicación 1956-09-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE FOMENTO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto legislativo número 2894 de 1954, y

CONSIDERANDO

que la Empresa Colombiana de Petróleos ha solicitado licencia para importar un tanque en láminas de acero, correspondiente al pedido número ECP-63-027- EP con destinó a las instalaciones petroleras de El Centro, y demostró que Acerías Paz del Rio S. A., no puede suministrarle oportunamente tal artículo,

DECRETA:

Artículo primero. Autorízase a la Empresa Colombiana de Petróleos, para importar con destino a las instalaciones petroleras de "El Centro", lo siguiente:

1 tanque en láminas de acero de ¼" especificaciones ASTM A-285-C. de 24"de diámetro, por cinco pies de alto, con todos sus accesorios e implementos.

Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de so expedición

Dado en Bogotá, D. E, a 5 de septiembre de 1956

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Fomento,

Teniente Coronel Mariano Ospina Novia.

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