Por el cual se destina una partida para auxiliar construcciones escolares municipales

Rango Decreto
Publicación 1938-01-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República, de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. De la partida votada en el artículo 290, capítulo 51 de la Ley de Apropiaciones vigente, destinase la cantidad de siete mil cuatrocientos sesenta y tres pesos con cuarenta y un centavos ($ 7.463.41) para auxiliar las construcciones escolares del Municipio de Medellín, en las condiciones establecidas por los Decretos números 888 y 1429 del presente año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 23 de, diciembre de 1937.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educación Nacional

José Joaquín CASTRO M.

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