por el cual se fija un término
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en desarrollo de los Decretos 2332 de 1998 y el 624 de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 23 32 de 1998 del 2 de noviembre de 1998, se creó la Comisión Redactora del Proyectado de Nuevo Código de Procedimiento Civil, prorrogada en virtud del Decreto 624 del 13 de abril de 1999;
Que de conformidad con las funciones asignadas, y con el fin de cumplir cabalmente con su objeto, se hace necesario fijar un término en el cual se presente al Gobierno Nacional el trabajo final por parte de la Comisión Redactora del proyecto de nuevo Código de Procedimiento Civil,
DECRETA:
Artículo 1º. La Comisión Redactora del Proyecto de Nuevo Código de Procedimiento Civil, deberá presentar a más tardar el 10 de febrero del 2000, el trabajo final a que hace referencia el numeral 3º del Decreto 2332 del 2 de noviembre de 1998.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 11 de noviembre de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.
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