Por el cual se suprimen unos cargos en la Planta de Personal del Ministerio de Salud Pública
El Presidente cíe la República de Colombia,
en uso de las facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional,
decreta:
Artículo primero. Suprímanse los siguientes cargos en la Planta de Personal del Ministerio de Salud Pública, establecida por Decreto número 1630 de 1974 (agosto 5):
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