Por el cual se reforma el marcado con el número 1976 de 1931

Rango Decreto
Publicación 1931-12-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades de que esta investido,

DECRETA:

Articulo 1° Fíjase en ciento cincuenta pesos mensuales la asignación del Ayudante del Fiscal Superior de Aduanas.
Articulo 2° Este Decreto surtirá efectos desde el primero de los corrientes.

Comuníquese y publíquese,

Dado en Bogotá a 16 de diciembre de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Esteban JARAMILLO

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