Por el cual se modifica el Decreto número 2415 de 1933
El Presidente de la República de Colombia,
en uso do sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que por el Decreto número 2115 de 1933 (diciembre 20), por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto extraordinario de la defensa nacional, le asigna al Departamento Nacional de Higiene la suma de $ 28,750, con imputación al capítulo 86, artículo 435, de las aprobaciones extraordinarias para la defensa nacional, cuya leyenda dice: "para dar cumplimiento al Decreto 1913 del corriente año, referente al saneamiento de la Intendencia del Amazonas y de las Comisarías del Caquetá y Putumayo; y
Que para fines de la defensa nacional, el Departamento Nacional de Higiene creyó conveniente efectuar gastos de esta índole en otras regiones del país,
DECRETA:
Artículo único. La leyenda del artículo 435 del capítulo 86 de las apropiaciones extraordinarias, quedará así:
"Para dar cumplimiento al Decreto número 1913 de 20 de noviembre de 1933, referente al saneamiento de la Intendencia del Amazonas, de las Comisarías del Caquetá y Putumayo y de las demás regiones del país."
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 21 de noviembre de 1934.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Darío ECHAND1A
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jorge SOTO DEL CORRAL
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