Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Departamento Nacional de Provisiones)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953,
DECRETA:
Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
Departamento Nacional de Provisiones.
CAPITULO 46
Personal y material.
| A2a. Del artículo 548. Para sueldos del personal del Departamento Nacional de Provisiones, en el año | $13.000.00 |
|---|---|
| Suman los contracréditos | $13.000.00 |
| CAPITULO 46 | CAPITULO 46 |
| Personal y material. | Personal y material. |
| A1a. Del artículo 549. Para útiles de escritorio, libros, formularios y registros de contabilidad, control estadística y otros usos; pastas e índices para los mismos, encuadernación y empaste en el año | 2.000.00 |
| A1a. Del artículo 549. Para servicio telefónico local, alambrado y fuerza eléctrica, arrendamiento de apartados postales, acueducto, aseo y desinfección, materiales, traslados y demás gastos de sostenimiento y reparación de los mismos servicios, en la presente vigencia anteriores. | 2.000.00 |
| C1a. (b) Al artículo 556. Para reparación, conservación y repuestos vehículos, en la presente vigencia y anteriores | 2.000.00 |
| A1a. Al artículo 558. Para blusas de trabajo para empleados delantales, overoles y uniformes para Choferes, Porteros y Carteros, en el año | 1.000.00 |
| A2a. Al artículo 563. Para el pago de servicios extraordinarios y de sueldos a empleados supernumerarios que se nombren en reemplazo de los que salgan en vacaciones, cuando las necesidades del servicio así lo exijan, en la presente vigencia y anteriores | 6.000.00 |
| Suman los créditos | $13.000.00 |
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha su fecha de expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 13 de agosto de 1955.
Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia
El Ministro de Fomento encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,
Manuel Archila Monroy.
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