por el cual se modifica el Decreto 247 de 2008

Rango Decreto
Publicación 2008-06-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República, en uso de las atribuciones legales, y en especial la conferida en el artículo 31 de la Ley 685 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 247 del 31 de enero de 2008, se modifica un área de reserva especial en jurisdicción del municipio de Quinchía, departamento de Risaralda;

Que no fue posible la inscripción del área de reserva especial ordenada mediante el citado decreto en el Registro Minero Nacional administrado por el Instituto Colombiano de Geología y Minería -Ingeominas- debido a inconsistencias en la alinderación de las áreas que se delimitaron como de reserva especial, toda vez que al transcribir las coordenadas se invirtieron, colocando las Este como Norte y las Norte como Este.

Teniendo en cuenta lo anterior,

DECRETA:

Artículo 1°. Modificar el artículo 2° del Decreto 247 del 31 de enero de 2008, el cual quedará así:

Excluir, por la no presencia de mineros y la baja potencialidad de reservas, una zona ubicada hacia la parte Este del Área de Reserva Especial de Quinchía, la cual se encuentra alinderada por las siguientes coordenadas:

Puntos Coordenadas Este Coordenadas Norte
1 1’152.254 1’081.500
2 1’152.000 1’081.500
3 1’152.000 1’084.000
4 1’152.697 1’084.000
Artículo 2º. Una vez publicado el presente acto administrativo, remítase al Instituto Colombiano de Geología y Minería -Ingeominas- para la correspondiente inscripción en el Registro Minero.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de junio de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Minas y Energía,

Hernán Martínez Torres.

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