por el cual se causan unas novedades en el personal de la Subdivisión del Resguardo Nacional de Aduanas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.° Con efectividad al 16 de julio del presente año, declárase insubsistente el nombramiento hecho al señor José Hernando Torres (Rodríguez en el cargo de Sargento de Aduana Jl-7, del Resguardó dé la Aduana Interior de Bogotá y Cundinamarca.
Artículo 2.° De conformidad con el artículo 53 del Decreto 1732 de 1732, nómbrase, provisionalmente, a José de Jesús Mora Murcia en el cargo de Sargento de Aduana II-7, y destínase a prestar sus servicios en el Resguardo de la Aduana de Barranquilla, en reemplazo del señor Heniles de Jesús Valderrama Niño, quien pasó a otro cargo.
Artículo 3.° De conformidad con el artículo 53 del Decreto 1732 de 1960, nómbrase, provisionalmente, a los señores Justo Pastor Gómez Cañón y Marco Antonio Gómez Castañeda en el cargo de Sargentos de Aduana 11-7, v destíñanse a prestar sus servicios en el Resguardo de la Aduana de Buenaventura, en reemplazo de los señores Alfonso Ramírez Ramírez y Manuel Antonio Puentes, quienes pasaron a otros cargos.
Artículo 4.° Con efectividad al 16 de julio del presente año, declárase insubsistente el nombramiento hecho al señor Carlos Augusto Tróchez Delgado en el cargo de Sargento de Aduana ]I-7, del Resguardo de la Aduana de Cúcuta,
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 26 de julio de 1962.
ALBERTO LLERAS.
Jorge Mejía Palacio,
Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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