por el cual se acepta una renuncia
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 1° del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1°. A partir de la fecha de expedición del presente Decreto, acéptase la renuncia presentada por el doctor Daniel Manzuera Gómez, en el cargo de Ministro de Comercio Exterior.
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 15 de diciembre de 1995.
ERNESTO SAMPER PÍZANO
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