por el cual se extiende a la ciudad de Neiva la aplicación del Decreto número 888 de 1946, sobre regulación de alquileres
El Presidente de la Republica de Colombia
En uso de las atribuciones que le confiere el artículo 3° de la ley 7ª de 1943
DECRETA:
Artículo único A partir de la fecha de este Decreto se extiende a la ciudad de Neiva la aplicación del Decreto número 888 del presente año, por el cual se regulan los alquileres de inmuebles urbanos.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de julio de 1946
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Gobierno, Absalón FERNANDEZ DE SOTO - El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Francisco de Paula PEREZ - El Ministro de la Economía Nacional, José Luis LOPEZ
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