Por el cual se eleva el impuesto de exportación de bananos

Rango Decreto
Publicación 1931-12-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en usode las facultades extraordinarias que le confieren las Leyes 99 y 119 de 1931,

DECRETA:

Articulo único. Elévase a $ 0-03 por cada racimo el impuesto de exportación de bananos, establecido por la Ley 30 de 1931.

Este aumento empezará a regir desde la fecha del presente Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de diciembre de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Esteban JARAMILLO

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