Por el cual se destina un edificio par el funcionamiento del Reformatorio de Menores de Pasto
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades extraordinarias que le confieren las Leyes 102 de 1936 y 82 de 1938, y ;
CONSIDERANDO:
- a) Que por Decreto número 1365 de 1939 fue suprimida la Penitenciaría de Pasto, cuyo edificio, de propiedad nacional, se halla hoy desocupado; y
- b) Que el Gobierno de Nariño ha pedido reiteradas veces se le facilite dicho local para instalar allí una Casa de Menores, y Escuela de Trabajo, del Departamento de Nariño, que se creó por medio de la Ley 66 de 1938, exigencia a la cual no hay inconveniente en acceder,
DECRETA:
Artículo 1° Destínase el edificio que ocupó la Penitenciaría de Pasto para que funcione en él una Casa de Menores y Escuela de Trabajo, del Departamento de Nariño.
Artículo 2° El presente Decreto regirá desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de diciembre de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Jorge GARTNER
El Ministro de Obras Públicas,
Francisco RODRIGUEZ MOYA
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