Por el cual se adscribe la dirección técnica de los trabajos de la carretera de Bogotá a Sibaté, al Ingeniero encargado de la sección siguiente (Sibaté a Fusagasugá)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Adscríbese al Ingeniero encargado de la dirección de los trabajos de la vía nacional del Sur, en el trayecto de Sibaté a Fusagasugá, la dirección técnica de los trabajos de la sección anterior de la misma vía, comprendida de Bogotá a Sibaté. Dicho Ingeniero visará las cuentas de gastos, y practicará al Tesorero Contador la visita mensual reglamentaria.
Queda en estos términos adicionado el Decreto número 1386, de 9 de julio del presente año, "por el cual se dispone la manera de atender el trayecto de la vía nacional del Sur, comprendido de Bogotá a Sibaté."
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de diciembre de 1920.
MARCO FIDEL SUAREZ-Ministro de Obras Públicas, Esteban JARAMILLO.
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