Por el cual se adscriben unas funciones

Rango Decreto
Publicación 1953-09-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que la Junta Cívica de Plato, creada por el artículo 2° de la Ley 2ª de 1949, encargada de invertir la participación reconocida por la misma ley al expresado Municipio, en el producto de las regalías que reciba la Nación por concepto de la explotación de petróleo dentro del territorio de ese Distrito Municipal, ha solicitado, por conducto del Ministerio de Obras Públicas se nombra el Ingeniero Asesor de la mencionada Junta, que prevea tal disposición,

DECRETA:

Articulo único. Adscríbense al Ingeniero Interventor de la construcción de los muelles de Santa Marta, señor Eduardo Caro Caycedo, las funciones de Ingeniero Asesor de la Junta Cívica de Plato, creada por el artículo 2° de la Ley 2ª de 1949.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de agosto de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Obras Públicas,

Santiago Trujillo Gómez.

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