por el cual se restablece el Circuito de La Plata y se suprime el de Gigante, en el Distrito Judicial de Neiva, en el Departamento del Huila, y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1954-08-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República, de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

considerando:

Que por Decreto número 3518 del 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República, y

Que toda medida relacionada con la mejor administración de justicia contribuye al restablecimiento de la normalidad,

decreta:

Artículo primero. Restablécese el Circuito Judicial de La Plata, en el Distrito Judicial de Neiva, integrado por los Municipios de La Plata, que será su Cabecera, Paícol, Pital y Carnicerías.
Artículo segundo. Suprímese el Circuito Judicial de. Gigante, en el mismo Distrito Judicial, y .se agrega este Municipio al Circuito de Garzón, y los Municipios de Hobo, Yaguará y Algeciras al Circuito de Neiva.
Artículo tercero. El Circuito Judicial de La Plata funcionará con el personal y con las asignaciones del Circuito suprimido. El conocimiento de los negocios será también promiscuamente.
Artículo cuarto. Suprímese igualmente la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Circuito Judicial de Gigante. El archivo pasará a las Registradurías de Garzón y Neiva, teniendo en cuenta las poblaciones que se agregan a esos Circuitos Judiciales.
Artículo quinto. Créase la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de La Plata, compuesta de los Municipios de La Plata, Paícol, Pital y Carnicerías. Los archivos de estas poblaciones pasarán a la nueva Registraduría de la Plata.
Artículo sexto. Quedan suspendidas las disposiciones legales que sean contrarias a lo dispuesto en este Decreto, el cual rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de julio de 1954.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA.

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Evaristo Sourdis.

El Ministro de Justicia,

Brigadier General Gabriel París.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Guerra, encargado del Ministerio de Comunicaciones,

Brigadier General Gustavo Berrío Muñoz.

El Ministro de Agricultura,

Brigadier General Arturo Chary.

El Ministro del Trabajo,

Aurelio Caicedo Ayerbe.

El Ministro de Salud Pública,

Benardo Henao Mejía.

El Ministro de Fomento,

Alfredo Rivera Valderrama.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Pedro Nel Rueda Uribe.

M Ministro de Educación Nacional,

Daniel Henao Henao.

El Ministro de Obras Públicas,

Santiago Trujillo Gómez.

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