Por el cual se concede un auxilio a la IV Feria Nacional de Flores

Rango Decreto
Publicación 1957-11-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE FOMENTO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

en uso de la facultad que le confiere el Decreto ley número 1445 de 1940, y

CONSIDERANDO

que el artículo 3° del Decreto ley número 1445 de 1940 autorizó al Ministerio de la Economía Nacional, hoy de Fomento, para reglamentar y fomentar ferias, exposiciones nacionales, mercados y bolsas de productos,

DECRETA:

Artículo primero. Auxiliase por una sola vez, con la cantidad de veinte mil pesos 2,0.000.00 moneda corriente, para cooperar a los gastos de la IV Feria Nacional de Flores, que se llevó a cabo en la ciudad de Medellín, Departamento de Antioquia, entre el 26 de abril y el 4 de mayo del presente año, suma ésta que se entregará al Tesorero de dicho Departamento.
Artículo segundo. En armonía con el parágrafo del artículo 9° del Decreto legislativo número 3139 de 1956, hácese la siguiente distribución parcial de la partida global apropiada en el Capítulo 317, artículo 3201, para gastos de ferias y exposiciones industriales y comerciales, dentro y fuera del país, y otras similares, en el año:

MINISTERIO DE FOMENTO

Capítulo 317, articulo 3201.

Artículo tercero. La entrega del auxilio, su manejo e inversión y las cuentas que el responsable debe rendir a la Contraloría General de la República, se efectuará de conformidad con las respectivas normas administrativas y fiscales vigentes para esta clase de gastos, y de las que dicte especialmente dicha Contraloría en desarrollo del presente Decreto.
Artículo cuarto. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 31 de octubre de 1957.

Mayor General Gabriel Paris G.,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca. -Contraalmirante Rubén Piedrahita A.-Brigadier General Rafael Navas Pardo. -Brigadier General Luís E. Ordóñez.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público. Antonio Alvarez Restrepo. -El Ministro de Fomento, Joaquín Vallejo Arbeláez.

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