por el cual se introducen unas modificaciones en la planta de personal de la Dirección General de Tesorería

Rango Decreto
Publicación 1985-08-16
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público:
No. DE CARGOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO
Dirección General de Tesorería. Dirección General de Tesorería. Dirección General de Tesorería. Dirección General de Tesorería.
Despacho del Tesorero General. Despacho del Tesorero General. Despacho del Tesorero General. Despacho del Tesorero General.
1 Profesional Universitario 3020 06
División de Contabilidad y Giros. División de Contabilidad y Giros. División de Contabilidad y Giros. División de Contabilidad y Giros.
Sección de Estadística. Sección de Estadística. Sección de Estadística. Sección de Estadística.
1 Jefe de Sección 2075 05
División de Ejecuciones Fiscales. División de Ejecuciones Fiscales. División de Ejecuciones Fiscales. División de Ejecuciones Fiscales.
Ayudante de Oficina 5155 05
Artículo 2° Créanse los siguientes cargos en la planta de personal de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público:
No. DE CARGOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO
Dirección General de Tesorería. Dirección General de Tesorería. Dirección General de Tesorería. Dirección General de Tesorería.
Despacho del Tesorero General. Despacho del Tesorero General. Despacho del Tesorero General. Despacho del Tesorero General.
1 Profesional Especializado 3010 08
División de Contabilidad y Giros. División de Contabilidad y Giros. División de Contabilidad y Giros. División de Contabilidad y Giros.
Sección de Estadística. Sección de Estadística. Sección de Estadística. Sección de Estadística.
1 Jefe de Sección 2075 09
Artículo 3° Este Decreto rige desde la fecha de su publicación y modifica las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 14 de agosto de 1985.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Roberto Junguito Bonnet.

La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Ericina Mendoza Saladen.

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