por el cual se adiciona el marcado con el número 2122 de 16 de julio de 1949 y se modifica el artículo 7º del mismo
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Para dar cumplimiento al artículo 10 de la Ley 45 de 1948, se comisiona al Consejo de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional para estudiar, seleccionar y ordenar los documentos de la obra científica y política del doctor Jorge Eliécer Gaitán. El Consejo podrá asesorarse de un Secretario, cuyos honorarios serían fijados por el Ministerio de Educación.
Artículo 2° Modificase el artículo 7° del Decreto número 2122 del 16 de julio de 1949, en la siguiente forma: El Comité Nacional encargado, conformé al parágrafo del artículo 2° de la Ley 45, de la erección del mausoleo al doctor Jorge Eliécer Gaitán, estará integrado así:
Por el Ministro de Educación Nacional o su delegado.
Por el Ministro de Obras Públicas o su delegado.
Por el Alcalde de Bogotá o su delegado.
Por el Rector de la Universidad Nacional.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de julio de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Educación Nacional,
Eliseo ARANGO
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