por el cual se adicionan las funciones de un empleado en el Ministerio de Obras Públicas

Rango Decreto
Publicación 1950-08-10
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia.

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo primero. Además de las funciones fijadas por los Decretos números 1101 y 3401 de 1947, el Coordinador de los Servicios de Aduana, Puertos y Tráfico Fluvial del Río Magdalena, tendrá a su cargo la dirección del tráfico de embarcaciones y de cargamentos en el río Magdalena, y sus afluentes, así como en sus conexiones con las vías férreas y carreteables complementarias de la arteria fluvial.
Artículo segundo. Deróganse las disposiciones contrarias al presente Decreto.

Comuníquese y publíquese,

Dado en Bogotá a 11 de julio de 1950.

MARIANO OSPINA PEREZ.

El Ministro de Obras Públicas,

VíctorARCHILA BRICEÑO.

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