Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 13 de diciembre en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda para trasladar una suma dentro del presupuesto del Ministerio de Educación Nacional, según consta en la nota número 5614, procedente de la Secretaria de dicha entidad,
DECRETA:
Artículo 1° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Capítulo 67:
| Del artículo 1182-V. Para construcción y dotación de escuelas Industriales, de artes y oficios, en los lugares que determine el Gobierno | $ 500.00 | |
|---|---|---|
Capítulo 57:
| Al artículo 908. Para viáticos y gastos de transporte de los Inspectores Nacionales de Educación Primaria | 500.00 |
|---|---|
Artículo 2° El Presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de diciembre de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Educación Nacional,
Jorge Eliécer GAITAN
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