Por el cual se dictan normas sobre venta de calzado escolar

Rango Decreto
Publicación 1945-09-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la-República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que es conveniente facilitar a los niños de las clases populares el calzado producido en los equipos dependientes del Ministerio de Educación a los mismos precios que dicho calzado se ha vendido a los alumnos que concurren a las escuelas primarías,

DECRETA:

Artículo único. Autorizase a los Almacenes de Calzado Escolar dependientes del Ministerio de Educación para vender sus productos a los niños de las clases menos pudientes de la sociedad y sus familiares, en las mismas condiciones de precio a que dichos .productos se han vendido a los alumnos de las escuelas primarias.

Parágrafo. El producto de las ventas de que trate el presente articulo deberá ingresar al Fondo Rotatorio del Equipo y Almacén de Calzado Escolar del Ministerio de Educación, de que trata el Decreto número 1423 de 1940.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de septiembre de 1945.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Educación Nacional,

Antonio ROCHA

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