Por el cual se crean unos cargos en la Justicia Penal Militar

Rango Decreto
Publicación 1965-09-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confieren el Código de Justicia Penal Militar, y en especial el artículo 7° del Decreto legislativo número 1290 de 1965,

DECRETA:

Artículo único. Créanse, con destino al Comando de la Brigada de Institutos Militares, los siguientes cargos en la Justicia Penal Militar:

1 Auditor Auxiliar de Guerra.

1 Secretario para el Auditor Auxiliar de Guerra.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a agosto 23 de 1965.

GUILLERMO LEON VALENCIA

General Gabriel Rebéiz Pizarro, Ministro de Guerra.

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