Por el cual se suprime y se crean unos cargos en el servicio exterior de la República
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º. A partir del 1º de noviembre de 1989, suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Brasil, un (1) cargo de Mecanotaquígrafo Bilingüe 8 PA, con una asignación básica mensual de un mil treinta y ocho dólares con 82/100 (US$ 1.038.82), actualmente vacante.
Artículo 2º. A partir del 1º de noviembre de 1989, créanse en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Brasil, los siguientes cargos:
Un (1) Auxiliar Administrativo 3 PA (Local), con una asignación básica mensual de seiscientos cinco dólares con 97/100 (US$ 605.97).
Un (1) Auxiliar Administrativo 2 PA (Local), con una asignación básica mensual de cuatrocientos sesenta y cinco dólares con 30/100 (US$ 465.30).
Artículo 3º. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 4º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 3 de octubre de 1989.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Julio Londoño Paredes.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcón Mantilla.
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