Por el cual se distribuye una partida global, destinada al pago de aportes de la Nación para el sostenimiento de Centros de Higiene y Campañas Sanitarias

Rango Decreto
Publicación 1955-02-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE SALUD
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confieren los Decretos extraordinarios números 3842 de 1949 y 3319 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. De la partida global apropiada en el Capítulo 71, artículo 996 del Presupuesto de la vigencia en curso, "para el pago de aportes de la Nación, con destino al sostenimiento de Organismos de Salubridad y Campañas Sanitarias de toda clase, según contrato con los Departamentos, Intendencias, Comisarías, Municipios y otras entidades, en el año", hácese la siguiente distribución:
Capítulo 71, artículo 996. Capítulo 71, artículo 996. Capítulo 71, artículo 996.
Clave económica B2II. Clave económica B2II. Clave económica B2II.
Ordinal 1° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento del Atlántico, según contrato $ 330.000.00
Ordinal 2° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Antioquia, según contrato 750.000.00
Ordinal 3° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Bolívar, según contrato 575.000.00
Ordinal 4° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Boyacá, según contrato 1.035.000.00
Ordinal 5° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Córdoba, según contrato 300.000.00
Ordinal 6° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Caldas, según contrato 625.000.00
Ordinal 7° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento del Cauca, según contrato 475.000.00
Ordinal 8° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Cundinamarca, según contrato 1.028.040.00
Ordinal 9° Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Nariño, según contrato 713.000.00
Ordinal 10. Para las Campañas Sanitarias en el Departamento del Magdalena, según contrato 700.000.00
Ordinal 11. Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Santander, según contrato 850.000.00
Ordinal 12. Para las Campañas Sanitarias en el Departamento de Norte de Santander, según contrato 565.000.00
Ordinal 13. Para las Campañas Sanitarias en el Departamento del Tolima, según contrato 600.000.00
Ordinal 14. Para las Campañas Sanitarias en el Departamento del Valle, según contrato 575.000.00
Ordinal 15. Para el sostenimiento de la Dirección Municipal de Higiene de Neiva, según contrato 150.000.00
Ordinal 16. Para el sostenimiento de la Dirección Municipal de Higiene de Neiva, según cotnrato 69.320.00
Total $ 9.340.360.00

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 3 de febrero de 1955.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia,

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Salud Pública,

Bernardo Henao Mejía.

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