Por el cual se modifican los artículos 1° y 2° del Decreto número 1158 de 1936

Rango Decreto
Publicación 1936-10-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El presidente de la república de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1°. modificase los siguientes artículos del decreto número 1158 de 1936, así;

El artículo 1°, numeral 3°, que quedara así: "la lista de pasajeros a bordo, destinados para el respectivo puerto colombiano.

El artículo 2°. numeral 1o., que quedara así: "la lista de los pasajeros a bordo, destinados para el puerto respectivo y la lista de los pasajeros en tránsito".

Artículo 2°. el presente decreto regirá desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de septiembre de 1936.

Alfonso López

El ministro de relaciones exteriores,

Jorge soto del corral

El ministro de hacienda y crédito público,

Gonzalo Restrepo

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